¿qUÉ ES UNA COOPERATIVA DE VIVIENDAS?
RESUMEN
Una cooperativa de viviendas es una entidad sin ánimo de lucro, formada por un grupo de personas que comparten básicamente la necesidad de una vivienda y se unen para acceder a ella en las mejores condiciones de calidad y coste posible, por lo que las viviendas se adquieren a un precio menor que el que permite otro tipo de promoción.
Es la propia cooperativa la que promociona las viviendas para adjudicárselas a sus socios a riguroso precio de coste, eliminando el beneficio del promotor como parte del precio de la vivienda. El socio de una cooperativa es a la vez promotor de la sociedad y adjudicatario de la vivienda
EL AHORRO ECONÓMICO DE UNA COOPERATIVA DE VIVIENDAS OSCILA ENTRE UN 20% Y 25% CON RESPECTO AL PRECIO DE MERCADO, GRACIAS A QUE SE PRESCINDE DE LA FIGURA DEL PROMOTOR INMOBILIARIO.
Características
¿Qué las
hace especiales?
Las cooperativas tienen ciertos rasgos que la diferencian a una promoción habitual.
Haz click en cada una de ellas para saber más.
Las cooperativas se promueven a riguroso precio de coste, ya que no persiguen el lucro mercantil.
El socio tiene la posibilidad de participar desde el principio en la actividad de la cooperativa.
Los socios pueden adoptar, por mayoría, mejoras en las calidades de sus viviendas.
Los planes de pagos suelen ser accesibles, para adaptarse a la capacidad económica de los socios cooperativistas, siempre que no se comprometa la viabilidad de la promoción.
Los socios pueden elegir y ser elegidos para formar parte de los órganos rectores de la cooperativa.
En una cooperativa las decisiones se toman por mayoría. Cada socio tiene un voto.
Los Socios
Son los auténticos protagonistas pues el proyecto cobra sentido gracias a su objetivo común de obtener una vivienda en las condiciones óptimas, el mejor precio posible y en el plazo más ajustado posible. Las cooperativas son sociedades democráticas y participativas. Los socios disponen de una Asamblea General en la que se reúnen para deliberar y tomar decisiones relacionadas con el proyecto.
La Asamblea General
Es la máxima expresión del carácter democrático de una cooperativa de viviendas. Consiste en la reunión de todos los socios cooperativistas para discutir y decidir sobre temas que sean de su competencia, determinada legal o estatutariamente. Es decir, es el foro donde el socio cooperativista tiene voz y voto.
Los temas que le corresponden a la Asamblea General son, entre otros, el examen de la gestión social, las cuentas anuales, el informe de gestión, y la aplicación de los excedentes disponibles.
El Consejo Rector
Para la correcta gestión y representación de la cooperativa de viviendas, se nombra un Consejo Rector que vela por el cumplimiento tanto de la Ley como de los Estatutos de la propia sociedad. Generalmente, está formado por un presidente, un vicepresidente y un secretario, aunque su estructura se detalla en cada caso en los Estatutos de la sociedad. Lo habitual es que la gestora de la cooperativa forme parte y/o modere el Consejo Rector aportando profesionalidad, experiencia y solvencia al proyecto de cara a las entidades financieras.
¿Qué papel tiene la gestora?
En el pasado los socios se asociaban y “montaban” la cooperativa.
Actualmente, y dado que los bancos exigen solvencia y garantías de éxito para aportar su financiación, el modelo más habitual es que una gestora experta sea la que monte el proyecto en torno a un “suelo” (solar) y a un colectivo con suficiente tamaño. La actividad inmobiliaria es enormemente compleja y requiere de la coordinación de numerosos servicios, así como de los conocimientos técnicos necesarios para cumplir con las necesarias garantías y los requerimientos jurídicos.
Las empresas gestoras prestan este tipo de servicios a las sociedades cooperativas de forma profesional y a través de personal altamente cualificado. Su objetivo es ayudar con su planificación y experiencia a que la promoción resulte exitosa.
Es vital que la cooperativa de viviendas cuente con una gestora con experiencia. Su gestión es una gestión cedida mediante contrato por escrito, y aprobada en la Asamblea General o, en todo caso, por decisión del Consejo Rector. La gestora de cooperativa vela por el interés común y actúa de “director de orquesta” haciendo posible que un proyecto complejo tenga éxito.
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